Ante pandemia COVID-19 y situación de trabajadores del cobre: Comunicado CTC.

DECLARACIÓN PÚBLICA

Ante la grave situación de emergencia sanitaria que estamos viviendo, debido a los efectos de la llegada y propagación pandémica del nuevo Coronavirus (COVID-19) en nuestro país, que viene a sumarse a la profunda crisis institucional, de credibilidad y representatividad de las autoridades, junto con la excesiva concentración de la riqueza en manos de unos pocos, entre otras, como Confederación de Trabajadores del Cobre declaramos:

  • 1.- En el presente contexto, las autoridades, junto con decretar esta mañana el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe para todo el territorio nacional, que comenzará a regir a partir de las 00:00 horas de la madrugada de este jueves 19 de marzo, y que tendrá una duración de 90 días, han hecho un llamado a ser solidarios para enfrentar como pueblo esta emergencia sanitaria. Sin embargo, y en esa misma perspectiva, como organización vemos con alarmante preocupación la ausencia de medidas realmente efectivas ante el inminente riesgo de contagio y mayor propagación al que se encuentran expuestos las y los trabajadores de la industria minera, por ejemplo, en aglomeraciones de miles de trabajadores en los casinos de alimentación, casas de cambio de vestimenta, campamentos de alojamiento y en las terminales de transporte terrestre y aéreo, desde y hacia las zonas mineras, poniendo en inminente riesgo la salud de las y los trabajadores, de sus familias y el país en general.
  • 2.- Sabidos son los altos riesgos que implica la ejecución de la labor minera que, junto con la constante preocupación por nuestras familias que se encuentran lejos, se han visto innecesaria e irresponsablemente aumentados. Dicha situación colabora sin duda a una potencial alza de accidentes y fatalidades.
  • 3.- No puede ser que las y los trabajadores, debido a la absoluta falta de solidaridad de las propias autoridades, sean puestos en la inhumana situación de temer más a perder sus fuentes laborales o sufrir mermas remuneracionales, que a contagiarse a si mismos, a sus familias o al resto de la población chilena ¡Esta situación debe detenerse, ahora ya!
  • 4.- Las autoridades nos piden solidaridad, una solidaridad y sentido común que ellas mismas junto a las empresas e industria en general carecen. Como organización nacional que agrupa a las y los trabajadores contratistas y subcontratistas de la minería del cobre, llamamos al gobierno y autoridades pertinentes a tomar medidas reales y efectivas para evitar o suprimir las aglomeraciones señaladas, permitiendo que las y los trabajadores permanezcan en sus hogares; que las actividades productivas se mantengan únicamente en procesos estrictamente esenciales y sean ejecutadas por trabajadores de las zonas específicas, evitando su conversión en agentes de mayor propagación, entre otras medidas. En especial, considerando la magnitud de la crisis, deberá admitirse con preferencia la necesidad de permiso de las y los trabajadores que no puedan cumplir con ir a trabajar por razones derivadas de la pandemia COVID-19, proponiendo una suspensión de todos los despidos por motivos económicos por 60 días, tal como se acaba de decretar en Italia, pues ninguna de estas medidas puede implicar perjuicio o menoscabo para las y los trabajadores.
  • 5.- Manifestamos que al no mediar estas y otras medidas que sean conducentes a la protección de la salud e integridad de los trabajadores y la población general, seremos los propios trabajadores quienes asumamos una posición proactiva, para cuidarnos a nosotros mismos, a nuestras familias y al país entero. Es en ese sentido, entonces, que orientamos a las y los trabajadores a tomar ya los debidos resguardos de exigir y hacer uso de sus derechos consagrados en el artículo 184 y 184 bis del Código del Trabajo que, por un lado, obliga al empleador “(…) a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales (…)” y, por otro, “(…) cuando en el lugar de trabajo sobrevenga un riesgo grave e inminente para la vida o salud de los trabajadores (…) (…) el trabajador tendrá derecho a interrumpir sus labores y, de ser necesario, abandonar el lugar de trabajo cuando considere, por motivos razonables, que continuar con ellas implica un riesgo grave e inminente para su vida o salud (…)”, señalando además que “(…) Los trabajadores no podrán sufrir perjuicio o menoscabo alguno derivado de la adopción de las medidas señaladas (…)”.
  • 6.- Finalmente llamamos a las y los trabajadores de la minería nacional a comunicar a sus empleadores, bajo los preceptos señalados anteriormente en los artículos 184 y 184 bis del Código del Trabajo, y con el necesario respaldo y registro personal de dicha comunicación, que interrumpen o abandonan sus labores debido a que no existen las condiciones para proteger la vida y salud de los trabajadores. Para ello, las y los trabajadores despedidos en represalia por haber cautelado su derecho a la vida y la salud, podrán acudir a la Inspección del Trabajo y los Tribunales Laborales a entablar las acciones correspondientes.

Se nos presenta el COVID-19 como una grave crisis sanitaria y asumimos que efectivamente lo es. Pero también es efectivo que dicha situación nos ataca en el contexto de un país sumido en una profunda crisis que abarca todos los ámbitos de la vida nacional. Se trata de una crisis económica, social y política que el pueblo viene sufriendo hace décadas. No es, por tanto, sólo una crisis de la salud. Es una crisis de la educación, de la previsión y la seguridad social, de la vivienda, del empleo y las relaciones laborales, de la credibilidad de las autoridades, de la igualdad de derechos, de la distribución de la riqueza, en fin, del actual sistema y modelo económico que no resiste más.

CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL COBRE

Chile, 18 de marzo de 2020.

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